En caso de que tu enfermedad no esté cubierta entre las 85 patologías del GES, aun puedes acceder a otros beneficios y derechos que te ayudarán en el financiamiento del tratamiento de tu enfermedad.
Entre esos están:
1) Estudios Clínicos de OncoVIDA:
Los Estudios Clínicos cubren 100% de los gastos asociados al tratamiento contra el cáncer. Los pacientes acceden a tratamientos de última generación a nivel mundial.
Los Estudios Clínicos requieren que los pacientes cumplan con ciertos requisitos (edad, género, patología, etc.).
Le recomendamos consultar a nuestra área de Estudios Clínicos aquí:
https://oncovida.cl/estudios-clinicos-oncovida-research/
Y recuerda comentarlo con tu médico tratante de OncoVIDA.
2) CAEC (Cobertura Adicional para enfermedades Catastróficas):
Corresponde a un beneficio adicional financiero otorgado por algunas Isapres (Banmédica, Consalud, Colmena Golden Cross, Nueva Masvida, Isalud, Cruz Blanca y Vida Tres) que permite cubrir parcial o la totalidad de los costos de atenciones hospitalarias y algunas ambulatorias de alto costo.
A diferencia del GES, el CAEC no depende de una patología en específica, sino que se activa cuando una enfermedad para ser catastrófica, es decir, cuando algún diagnóstico, enfermedad o patología de alto costo representa para un beneficiario un valor a pagar superior al deducible (suma de los valores a pagar correspondiente a un mismo diagnóstico o enfermedad).
Para acceder a este beneficio debes consultar con tu Isapre y gestionar la “Solicitud de Ingreso a la Red Catastrófica”.
Averigue más sobre el CAEC aquí:
https://www.supersalud.gob.cl/consultas/667/w3-article-4627.html
3) Ley Ricarte Soto (ley 20.850):
Corresponde a un Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, de carácter universal, que es asegurado por el Fonasa a todos los beneficiarios de cualquier sistema previsional de salud de Chile (Isapres, Fonasa y las Instituciones de Salud Previsional de las Fuerzas Armadas y de Orden y de Seguridad Pública).
Para acceder a sus beneficios debes hablar con tu médico tratante (inscrito en el Sistema informático de la ley Ricarte Soto) cuando se tenga la sospecha fundada de que el paciente tiene un diagnóstico o requiere de un tratamiento de alto costo garantizado por esta ley. El médico entonces realizará la postulación del beneficiario al Sistema de Protección Financiera en la plataforma web del Fonasa.
Averigue más sobre la Ley Ricarte Soto aquí: https://www.supersalud.gob.cl/difusion/665/w3-propertyvalue-6088.html#acordeonProtocoloLRS
4) Seguro Catastrófico:
Corresponde a una bonificación del 100% de cobertura financiera de las siguientes patologías:
- Hemodiálisis y Peritoneodiálisis
- Prestaciones Cardioquirúrgicas
- Prestaciones Neuroquirúrgicas
- Escoliosis
- Trasplante Renal
- Trasplante Hepático
- Atención Integral al Paciente Fisurado
- Atención de Urgencia al Paciente Quemado
- Atención de Urgencia al Paciente con Trauma Complejo
- Tratamiento Farmacológico del VIH
- Prestaciones del Grupo Quimioterapia *
- Prestaciones del Grupo Radioterapia *
Este Seguro aplica a todos los beneficiarios por Fonasa, independiente de su tramo (A, B, C o D) y que se atiendan por la Modalidad de Atención Institucional de la red Pública y acceden a través del Consultorio de Atención Primaria. Es decir, el Seguro Catastrófico NO OPERA en el caso que opte por atenderse en la red privada o libre elección de Fonasa.
Averigue más sobre el Seguro Catastrófico aquí:
http://www.supersalud.gob.cl/consultas/667/w3-propertyvalue-4010.html
5) Coberturas de tu Isapre:
En caso de estar en alguna Isapre, debes consultar directamente con tu aseguradora de salud para preguntar los beneficios y coberturas del plan de salud contratado, y asistir a los prestadores de salud que ellos tengan asociados.