¿Qué hacer si me diagnostican cáncer?
Impacto emocional, trámites, indicaciones. En medio de este escenario es normal tener dudas con respecto al plan de acción luego de recibir esta noticia. A continuación, te damos algunas indicaciones que pueden ser de mucha utilidad.
Una vez eres diagnosticado con cáncer es importante establecer a qué sistema de salud perteneces. ¿Isapre o Fonasa? ¡Existen diversas garantías de atención y tratamiento que dependen de cada institución!
Aseguradora de salud: Fonasa
En caso de pertenecer a Fonasa, lo primero que debes hacer es consultar si tu patología es parte del programa GES. Para ello, puedes solicitar al médico un diagnóstico detallado que permita establecer si la enfermedad que padeces está dentro de las 87 patologías que cubre la Garantía Explícita de Salud (GES).
El lugar del diagnóstico también es algo que se debe considerar antes de comenzar el tratamiento. Si dicho diagnóstico fue en un centro de Red Pública, lo más probable es que se derive al paciente a algún centro de atención dentro de la red para comenzar el tratamiento. En caso de ser diagnosticado fuera de la Red Pública, la persona deberá ir al consultorio más cercano y en el cuál fue inscrito, para que ellos realicen las derivaciones correspondientes.
Aseguradora de salud: Isapre
Al igual que en Fonasa, es importante que el paciente solicite un diagnóstico amplio y detallado que permita establecer si su patología se encuentra dentro de las 87 enfermedades que cubre el programa GES. Una vez que el paciente reciba su diagnóstico puede elegir el plan que más le acomode, esto significa: 1) si la patología está dentro del programa GES, debe solicitar adherirse; 2) otra opción es que el paciente se atienda con uno de los prestadores que le indican en su Isapre; y en caso de no poder acceder al plan GES, 3) la persona puede solicitar la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC).
Garantías Explícitas en Salud (GES)
Tanto para Isapre o Fonasa, los pacientes cuyas patologías se encuentren cubiertas por el programa GES, tienen cuatro garantías que son exigidas por la ley, estas son:
- Acceso: todas las personas tienen el derecho por ley a la prestación de salud.
- Oportunidad: se deben entregar plazos máximos de atención.
- Protección financiera: es decir los pacientes cancelan un porcentaje del total.
- Calidad: los pacientes tienen derecho a acceder a un tratamiento con prestadores acreditados o certificados.
En ambos casos, tanto Isapre como Fonasa, las personas tienen garantía de tiempos, por lo que se recomienda consultar al inicio cuáles son y, a partir de ahí, monitorear los tiempos para garantizar que no sobrepasen los establecidos por la ley.
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¿Qué hacer si la patología no es parte del programa GES?
En Chile existe el programa CAEC, Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, un beneficio que otorgan algunas Isapres y que cubren los costos de atenciones ambulatorias u hospitalarias.
El CAEC ofrece un respaldo financiero a las personas que padecen enfermedades catastróficas y que no forman parte de las 87 patologías que cubre el GES. Para acceder a este beneficio, el paciente debe consultar a su Isapre por unos documentos que deberá formar, entre ellos está la “solicitud de incorporación a la red cerrada de la CAEC y GES”.
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Para conocer qué patologías cubre el programa GES, haz clic en el siguiente enlace:
http://www.supersalud.gob.cl/664/w3-propertyname-501.html
También existen otros beneficios y derechos tales como la Ley Ricarte Soto (para medicamentos de alto costo), los Pagos por Prestaciones Valoradas (o PPV, seguro público de pago por acto de gran parte de las prestaciones que se realizan en los hospitales) y el Auxilio Extraordinario (ayuda entregada por el Minsal a pacientes Fonasa con diagnóstico de alto costo no cubierto por otros beneficios).
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